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TERMINOS Y CONDICIONES VENTA DE CHANCE POR PEDIDO

El presente documento tiene como objetivo describir los términos y condiciones que rigen el uso que cualquier persona le dé a la línea de WhatsApp  322 947 8063 (en adelante línea de venta por pedido) operado por Seapto S.A GanaGana identificada con NIT 890.706.022-2, con domicilio principal la Calle 10 # 3-56 en la ciudad de Ibagué-Colombia (en adelante la Compañía) así como el acceso y registro al mismo.

La actividad principal de la línea de venta por pedido, consiste en la muestra o exhibición y comercialización de productos de juego de suerte y azar a través de la app WhatsApp usada por los consumidores, mayores de edad, ubicados en el departamento del Tolima. (En adelante los Usuarios). La línea de venta por pedido se rige bajo la normatividad vigente en la Republica de Colombia.

 Los Usuarios de línea de venta por pedido, declaran conocer y aceptar los presentes términos y condiciones y entienden que todas las actividades que realicen en línea de venta por pedido deben sujetarse a lo establecido en el presente documento. Quién no este de acuerdo y no acepte los términos y condiciones debe abstenerse de utilizar o realizar cualquier acto en línea de venta por pedido, pues es claro que los presentes son de carácter obligatorio y vinculante.

La compañía puede modificar unilateralmente y sin previo aviso los Términos y Condiciones de Uso. En caso de modificación de los Términos y Condiciones de Uso, la compañía anunciará mediante los canales oficiales la modificación y publicará los nuevos Términos y Condiciones en su página web.

1.SUSCRIPCIÓN

Todo Usuario de línea de venta por pedido, que desee hacer uso de esta, debe a través de mensaje de WhatsApp suministrar su información personal de manera verídica, exacta y auténtica, así como aceptar los términos y condiciones de línea de venta por pedido y la autorización para el tratamiento de sus datos; los Usuarios responderán por la veracidad de la información entregada.

La información que debe suministrar es: Nombres, apellidos, Numero de cedula de ciudadanía, fecha de nacimiento, numero del celular (correo electrónico si tiene).

La Compañía se reserva el derecho de estudiar la solicitud de compra presentada por el Usuario y tendrá la facultad de verificar los datos comunicados por cada uno de estos. En caso de encontrarse alguna inconsistencia en la información del Usuario al momento de la suscripción o si omite notificar algún cambio, La Compañía procederá a solicitar la corrección o que se complete la información entregada. En caso de que La Compañía detecte algún tipo de fraude, La Compañía procederá a la cancelación de la compra en el evento que se presente esta situación. En caso de que el Usuario tuviere algún monto pendiente, éste deberá ser pagado en su totalidad antes de proceder con el cierre de la cuenta y el envío del voucher.

 2. MEDIOS DE PAGO

Los medios de pago habilitados para la compra a través de la línea de venta por pedido es la siguiente cuenta de Nequi al número 315 293 2606 Julieth Tatiana Torres Londoño

3.CONDICIONES DE PAGO

El valor a pagar por cada formulario adquirido será el precio vigente en la línea de venta por pedido al momento de la compra. El Usuario debe efectuar el pago por medio de la plataforma digital habilitada y recibir confirmación de su pago por la línea de venta por pedido 322 947 8063. En ningún caso, La Compañía será responsable por las fallas que se presenten en las comunicaciones de las entidades financieras, así como tampoco de los perjuicios causados al Usuario con ocasión de una acción u omisión por parte de dichas entidades por las referidas fallas.

Una vez el pago sea realizado por El Usuario y aprobado por la línea de venta por pedido, se procederá con la aceptación de la venta.

4.CANTIDADES AUTORIZADAS Y CONDICIONES DE COMPRA

4.1 Compra pago mínimo: El Usuario debe seleccionar la modalidad de apuesta de acuerdo con las indicaciones, con una compra de un monto mínimo de QUINIENTOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($500).

5. PERFECCIONAMIENTO Y TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD

Se entiende perfeccionado el contrato cuando línea de venta por pedido acepta la oferta de compra presentada por el Usuario, la cual será confirmada posterior a la validación del pago y luego de enviada imagen de la colilla de compra

LINEAS DE ATENCIÓN

La Línea de atención es 322 947 8063 El horario de atención del asesor de la línea de venta por pedido es de lunes a jueves de 07:15 am a 6:00pm, viernes 07:15 am a 05:00 pm y sábados de 8:00am a 12:00am.

Para  peticiones, quejas,  reclamos o ampliar información pueden comunicarse a la línea de servicio al cliente 2610014, 3219012165, 3147907829 o al correo [email protected]  El horario de atención es de lunes a viernes de 7:15 am a 6:00pm y sábados de 8:00am a 12:00am.

 

 

6. ENTREGA DE COLILLAS A DOMICILIO

Para aquellos clientes que adquieran productos a través de la línea de venta por pedido cuyo valor supere los VEINTE MIL PESOS ($20.000), y estén dentro del perímetro urbano de la ciudad de Ibagué, se les realizara entrega de las colillas de apuesta originales a través de nuestro servicio de GO DOMICILIO sin costo adicional. posterior a la solicitud del servicio se solicitara dirección de domicilio para cumplir con el servicio, tiempo de entrega podría variar de acuerdo a la disponibilidad del personal y distancia del predio

Se entiende que cualquier persona que se encuentre en el domicilio donde deba realizarse la entrega, estará debidamente autorizada por el Usuario para recibir la colilla. Por consiguiente, la línea de venta por pedido y la Compañía quedan exoneradas de cualquier responsabilidad por la entrega que realizare, siempre que la misma se haga en el domicilio registrado en la línea de venta por pedido. Quedará constancia de la entrega con la firma del Usuario o de quien recibe en el certificado de entrega emitido por nuestro transportista habilitado. (Entrega autorizada expresamente por el USUARIO al momento de la confirmación de la venta) 

En caso de que la dirección de entrega de pedidos sea en urbanización o unidad cerrada o parcelación, que cuente con portería, el pedido podrá ser dejado en dicha portería. Es responsabilidad del usuario, notificar a La Compañía cualquier anomalía que perciba al momento de la entrega de la colilla.

En el evento EL USUARIO o quien recibe la colilla, identifique que los números no corresponden o presenta alguna novedad al momento de la entrega, se debe informar al domiciliario de manera inmediata en el certificado de entrega, en el espacio de “observaciones” para que LA COMPAÑÍA proceda a revisar y validar el caso correspondiente.

7. PAGO DE PREMIOS

Para las personas que sean ganadoras de premios menores a CIEN MIL PESOS ($100.000), con previa notificación por parte de la línea de venta por pedido, se les notificara del desembolso a través del mismo canal,   por el cual  realizaron el pago de la apuesta, por medio de Nequi (Si se quiere cobrar en un PDV, se puede?), teniendo en cuenta los mismos datos del beneficiario inscrito.

Para los premios iguales o superiores a CIEN MIL PESOS ($100.000) y cuyo ganador resida en la ciudad de Ibagué, con previa notificación por parte de la línea de venta por pedido, podrá dirigirse a una oficina principal y/o, centro de experiencia en donde luego de diligenciar los datos al reverso de la colilla ganadora y presentar fotocopia de documento de identidad y el documento en físico, se realizará dicho pago (para montos superiores a 48 UVT aplicara retención en la fuente).

Para los premios iguales o superiores a $100.000 y cuyo ganador resida fuera de la ciudad de Ibagué, en cualquiera de los municipios del departamento del Tolima, con previa notificación por parte de la línea de venta por pedido podrá hacer efectivo su premio dirigiéndose a una oficina principal del municipio, donde deberá diligenciar los formatos establecidos, presentar fotocopia de documento (para montos superiores a 48 UVT aplicara retención en la fuente)

Para los premios superiores a $25.000.000 de acuerdo con el proceso financiero se debe cancelar a través de cheque por lo que únicamente se podrá cobrar en la oficina principal de Ibagué calle 10 No 3-56  

8. PREMIOS SUPERIORES A 15 UVT

CONTEXTO LEGAL

Por regulación del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), según acuerdo 574 de 2021, se informa que, todos los ganadores de premios superiores a 15 UVT, deberán ser reportados ante la Unidad de información y Análisis Financiero de Colombia (UIAF).

8.1 FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DE GANADORES (se diligenciara cuando supere los topes establecidos)

Fecha de diligenciamiento.

Nombres y apellidos completos, consignados en el documento de identificación.

Tipo y número de identificación: Cédula de Ciudadanía, Cédula de Extranjería, Carné

Diplomático o pasaporte.

Fecha de expedición.

Dirección de residencia.

Teléfono fijo o celular.

Ocupación u oficio.

Declaración si es persona expuesta políticamente o es su familiar o socio.

Firma del ganador.

Nombre e identificación de la persona responsable de hacer diligenciar el formulario.

8.2 DOCUMENTOS REQUERIDOS A GANADORES DE PREMIOS

En caso de existir declaración del ganador, de condición de PEPs, (Persona Expuesta Políticamente) según Decreto 830 de 2021, debe solicitarse diligenciamiento del Formulario de Identificación de Ganadores de Premios y deberá ser aprobado por Oficial de Cumplimiento

Ciudadanos Colombianos: Debe presentar documento original de cédula de ciudadanía

Ciudadanos Extranjeros: Documento original de cédula de extranjería, carné diplomático o pasaporte y copia de este, para el caso de los venezolanos deberán presentar Permiso Especial de Permanencia (PEP) o pasaporte, en su defecto el Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización (PEPFF) junto con el Documento Nacional de Identidad. Adicional por disposición de CNJSA se Autoriza el Permiso por Protección de Temporal (PPT).​

Nota: En caso de presentarse en mal estado (Información ilegible, incompleta, entre otros) y/o pérdida del documento de identidad C.C, se debe aportar certificado de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional, y estar relacionado en la página registraduria.gov.co

9. POLÍTICA DE LA INFORMACIÓN

La información del cliente ganador se obtiene con el fin de Administrar el Riesgo de Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y su tratamiento será conforme la ley 1581 de 2012, “Ley de protección de datos personales”, la cual puede ser consultada en la página web www.ganagana.com.co​

En caso de cualquier inquietud, comuníquese al correo electrónico [email protected] o con la Oficina de Cumplimiento, en la línea (608) 2610014 ext. 1004

Para ejercer los derechos otorgados por la ley en cuanto al tratamiento de la información, SEAPTO S.A a los siguientes mecanismos:

Medio escrito enviado al área Jurídica en la calle 10 N°3-56 B/Centro, Ibagué Tolima.

Contact Center (línea local y nacional (608)   2610014) Ext: 2003 – 2006 – 2007 – 2004 – 2002 – 2001 - 2009

Página web ganagana.com.co a través del formulario dispuesto para tal fin.

Así mismo podrá consultar nuestro manual de políticas y procedimientos para la protección de datos personales, en la página web ganagana.com.co

Para las apuestas permanentes los documentos de juego deberán ser presentados al operador para su cobro, dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha del sorteo; si no son cancelados, dan lugar a acción judicial mediante el proceso verbal de menor y mayor cuantía, indicado en el capítulo primero del título XXIII del Código de Procedimiento Civil. El documento de juego tiene una caducidad judicial de seis (6) meses.

Definición Chance (Art. 21 Ley 643 de 2001)

ARTÍCULO 21. Apuestas permanentes o chance. Es una modalidad de juego de suerte y azar en la cual el jugador, en formulario oficial, en forma manual o sistematizada, indica el valor de su apuesta y escoge un número de no más de cuatro (4) cifras, de manera que si su número coincide, según las reglas predeterminadas, con el resultado del premio mayor de la lotería o juego autorizado para el efecto, gana un premio en dinero, de acuerdo con un plan de premios predefinido y autorizado por el Gobierno Nacional mediante decreto reglamentario.

Plan de premios (Art. 2.7.2.2.1 Decreto 1068 de 2015)

Artículo 2.7.2.2.1. Estructura del plan de premios. Los planes de premios para el juego de apuestas permanentes o chance tendrán como mínimo la siguiente estructura:

Para el acierto de las cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán cuatro mil quinientos pesos ($4.500) por cada peso ($1) apostado.

Para el acierto de las cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en cualquier orden, se pagarán doscientos ocho pesos ($208) por cada peso ($1) apostado.

Para el acierto de las tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán cuatrocientos pesos ($400) por cada peso ($1) apostado. 

Para el acierto de las tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en cualquier orden, se pagarán ochenta y tres pesos ($83) por cada peso ($1) apostado.

Para el acierto de las dos (2) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán cincuenta pesos ($50) por cada peso ($1) apostado.

Para el acierto de la última y única (1) cifra seleccionada por el jugador, se pagarán cinco pesos ($5) por cada peso ($1) apostado.

Parágrafo. De acuerdo con el número de cifras seleccionadas por el jugador, cuatro (4), tres (3), dos (2) o una (1), se entenderá que corresponden a las cuatro, tres últimas, dos últimas, o última, del resultado del premio mayor de la lotería o del juego autorizado.

Pago de premios (Art. 2.7.2.2.2 Decreto 1068 de 2015)

Artículo 2.7.2.2.2. Pago de premios. Los premios deberán ser pagados por el concesionario a la presentación del documento de juego para su cobro, previas las retenciones de impuestos a que haya lugar.

En ningún caso el premio podrá ser pagado en especie, ni en cuotas partes.

Doble acierto (Art. 5° Decreto 176 de 2017)

ARTÍCULO 5º. Adiciónese una nueva sección al Capítulo 2 del Título 2 de la parte 7 del libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, con el siguiente contenido.

10. AUTORIZACIÓN DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

El Usuario autoriza a Seapto S.A a tratar los datos personales que en desarrollo del uso de La Línea de venta por pedido se obtengan, con la finalidad de prestar un servicio integral.

Los datos personales que Los Usuarios suministren en este sitio web no podrán ser utilizados para fines distintos de los autorizados por el propio usuario. Los datos personales permanecerán en entornos operativos seguros no disponibles al público.

Se le informa al Usuario que, como titular de los datos personales, le asisten los siguientes derechos:

Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a Seapto S.A y sus filiales o Vendedores.

Solicitar prueba de la autorización otorgada a SEAPTO S.A. y sus filiales o Vendedores.

Ser informado por SEAPTO S.A. y sus filiales o Vendedores, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales.

Previa queja o consulta ante SEAPTO S.A. y sus filiales, presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a la normatividad legal aplicable.

Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales.

Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.

11. MODIFICACIONES DEL ACUERDO

La compañía podrá modificar los Términos y Condiciones Generales en cualquier momento, haciendo públicos en La Línea de venta de chance por pedido y en el sitio web www.ganagana.com.co los términos modificados. Todos los términos modificados entrarán en vigor a los diez (10) días de su publicación. Dentro de los 5 (cinco) días siguientes a la publicación de las modificaciones introducidas, el Usuario deberá contactarnos, si no acepta las mismas; en ese caso quedará disuelto el vínculo contractual y será inhabilitado como Miembro. Vencido este plazo, se considerará que el Usuario acepta los nuevos términos y el contrato continuará vinculando a ambas partes.

 12. COBERTURA

La línea de venta por pedido aplicara para la prestación de sus servicios en todo el departamento del Tolima.

DERECHO DE RETRACTO

De conformidad con el artículo 47 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) los productos que actualmente se ofrecen en (línea de venta por pedido) no aplica el derecho de retracto toda vez que son servicios de apuestas y loterías.